En Benayas Fundaciones, ofrecemos una gestión completa y sistemática para administrar todos los aspectos de la contabilidad de fundaciones y asociaciones en España. Nuestros servicios incluyen:
• Fiscalidad: Asesoramiento y elaboración de impuestos específicos para fundaciones, garantizando el cumplimiento normativo y optimizando la carga fiscal.
• Contabilidad: Mantenimiento de registros contables actualizados y elaboración de estados financieros. Estamos especializados en la contabilidad de entidades no lucrativas en España.
• Contabilidad Analítica por Proyectos: Gestión contable por proyecto para una administración precisa y eficiente de los recursos.
• Laboral: Gestión de nóminas, contratos y cumplimiento de normativas laborales específicas para fundaciones.
• Jurídico: Asesoría legal en todos los aspectos relacionados con la gestión y administración de fundaciones.
• Constitución de Fundaciones: Asesoramiento integral en la creación y registro de nuevas fundaciones, cubriendo todos los detalles necesarios para su constitución en España.
• Auditoría Voluntaria o Legal: Coordinación con auditores externos para la realización de auditorías contables.
En Benayas Fundaciones contamos con una propuesta de gestión integral diseñada específicamente para las particularidades del sector fundacional. Sabemos que cada fundación tiene una misión única, pero todas comparten la necesidad de una gestión sólida, transparente y alineada con la normativa vigente.
Ofrecemos un acompañamiento completo que abarca las áreas fiscal, contable, laboral, jurídica y de auditoría, coordinadas desde un enfoque estratégico y especializado. Nos encargamos desde la planificación fiscal hasta la presentación de cuentas ante el Protectorado, la gestión de personal, la revisión de estatutos, el cumplimiento legal y la preparación de auditorías externas, cuando son obligatorias o voluntarias.
Para constituir una fundación en España se requiere un patrimonio mínimo (30.000 €), una finalidad de interés general, estatutos fundacionales, escritura pública ante notario y la inscripción en el Registro de Fundaciones. Además, debe definirse un órgano de gobierno (el Patronato).
Las fundaciones pueden acogerse al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002 si cumplen ciertos requisitos. Deben presentar el Impuesto de Sociedades, gestionar el IVA si procede, declarar retenciones y justificar adecuadamente las donaciones para emitir certificados fiscales.
Sí. Todas las fundaciones deben presentar anualmente sus cuentas ante el Protectorado correspondiente, junto con la memoria de actividades y el plan de actuación del siguiente ejercicio. Si superan ciertos umbrales, también están obligadas a auditar sus cuentas.